POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.I del Código Procesal Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación cursante de fs. 112 a 113, interpuesto por la Compañía Americana de Construcciones S.A. representada por Sandra Rosalía Escobar Salguero contra el Auto de Vista Nº 454/2024 de 01 de marzo, corriente de fs. 106 a 108 vta., emitido por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas y costos.
Se regula los honorarios profesionales del abogado que contesto el recurso en la suma de Bs. 1.000.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
