AS/0474/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0474/2025-RA

Fecha: 27-May-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Carlos Marcelo Lino Guevara, Demetrio Roberto Lino Guevara y Gary Fernando Lino Guevara, representados por José Miguel Soto Castellón por memorial de demanda que discurre de fs. 52 a 58 vta., ratificación de fs. 66 a 72 vta. y de fs. 89, promovieron el proceso ordinario de nulidad de contrato y cancelación de inscripción en derechos reales, contra David Armando Lino Castro, quien una vez citado, según escrito visible de fs. 100 a 112 vta., se apersonó y contestó de manera negativa, interpuso incidente de nulidad de citación, incidente de extinción por inactividad procesal, opuso excepciones de falta de legitimación o interés legítimo que surja de los términos de la demanda y de caducidad, medios de defensa que merecieron los Autos interlocutorios Nº 32/2024 y 33/2024, ambos de 15 de enero de 2024, obrantes de fs. 122 a 123 y de fs. 124 a 127 vta., respectivamente, que rechazaron los incidentes de extinción por inactividad procesal y nulidad de citación, asimismo, por Auto interlocutorio Nº 277/2024 de 05 de marzo, corriente de fs. 141 a 143, se declaró improbada la excepción de caducidad, la excepción de falta de legitimación fue retirada durante la Audiencia Preliminar, visible a fs. 137; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 257/2024, de 14 de agosto, corriente de fs. 253 vta. a 259, en la que la Juez Público Civil y Comercial 20º de la ciudad de Santa Cruz, declaró PROBADA la demanda, disponiendo en consecuencia la nulidad de las minutas de transferencia de fecha 30 de junio de 2008 y de 11 de mayo de 2008, protocolizadas mediante los Instrumentos Públicos Nº 97/2008 de 29 de mayo de 2008 y Nº 248/2008, otorgados ante las Notarías de Fe Pública Nº 3 y Nº 45 respectivamente, asimismo, se ordenó la cancelación de las Matrículas Nº 7081010001288 y Nº 7080000000478, registradas a nombre de David Armando Lino Castro, condenando en costas y costos a la parte demandada.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por David Armando Lino Castro, según escrito de fs. 267 a 281 vta., originó que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 51/2025, de 13 de febrero, corriente de fs. 304 a 312, donde se CONFIRMÓ la Sentencia apelada, con costas.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por David Armando Lino Castro según escrito visible de fs. 317 a 327 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.