AS/0698/2025-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0698/2025-RA

Fecha: 02-Jul-2025

CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso

1. Nancy Barba Vda. de La Fuente representada por Marcelo Liber Navarro Gonzales por memorial de fs. 542 a 544 subsanado a fs. 559 a 560 vta., inició proceso de rendición de cuentas; contra Georgy Teresa de La Fuente Barba quien una vez citada mediante memorial de fs. 588 a 591 vta., subsanado de fs. 596 a 598 vta., y de fs. 609 a 612 vta., contestó de forma negativa, opuso excepciones de tramite inadecuadamente dado por la autoridad judicial, prescripción y falta de legitimidad e interpuso demanda reconvencional de extinción de usufructo; acción reconvencional con la que fue citada Nancy Barba Vda. de La Fuente quien a través de memorial de fs. 649 a 650 vta., dedujo excepciones de litispendencia, demanda defectuosamente propuesta, tramite inadecuadamente dado por autoridad judicial o indebida acumulación de pretensiones; excepciones que fueron resueltas en audiencia preliminar por Auto de fs. 885 a 890 vta.; mediante el cual se rechazaron las excepciones de tramite inadecuadamente dado por la autoridad judicial, prescripción bienal y falta de legitimidad activa interpuestas por Georgy Teresa de la Fuente Barba y probada la excepción de litispendencia interpuesta por Nancy Barba Vda. de la Fuente representada por Marcelo Liber Navarro Gonzales en consecuencia sin lugar a la prosecución de la acción reconvencional de extinción de usufructo; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 327/2024 de 26 de junio, cursante de fs. 1258 a 1269 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial 10° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA en parte la demanda de rendición de cuentas, en cuya virtud dispuso: 1. La parte demandada Georgy Teresa de La Fuente Barba, realice la devolución a favor de la demandante Nancy Barba Vda. de la fuente de la suma de Bs. 86.920,00 (Ochenta y Seis Mil Novecientos Veinte 00/100 Bolivianos). Que corresponde al saldo deudor por las garantías por arrendamiento de los locales comerciales de la Galería Manely ubicada en la calle Huyustus N° 771. Sea dentro del plazo de 10 (diez) días de ejecutoriada y/o confirmada la presente sentencia, bajo alternativa de ley en caso de incumplimiento y de procederse con la ejecución de fallos hasta obtenerse la devolución de la suma de dinero señalada. 2. Se impone el pago de costas y costos de primera instancia a la parte demandada e IMPROBADA respecto a la obligación de devolución por los montos de Bs. 120.000,00 y $us. 2.000,00.- por parte de Georgy Teresa de La Fuente Barba, debiendo remitirse a lo dispuesto en el punto “1” de la parte resolutiva del presente fallo.

2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrido de apelación por Georgy Teresa de La Fuente Barba, mediante memorial de fs. 1273 a 1277 vta., originó que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita Auto de Vista Nº 697/2024 de 13 de noviembre, que corre de fs. 1295 a 1302 donde se CONFIRMÓ la Sentencia apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Georgy Teresa de La Fuente Barba mediante el memorial de fs. 1305 a 1309 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.