Que, se observa el abandono de la presente causa por parte de la agencia demandante
Que, se observa el abandono de la presente causa por parte de la agencia demandante por más de seis meses desde su última actuación, por lo que, en virtud a la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil, corresponde declarar la extinción por inactividad de la presente demanda
- RESOLUCIÓN: 32/2019
- FECHA: Sucre, 10 de julio de 2019
- EXPEDIENTE Nº: 332/2014
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- PARTES: Agencia Despachante de Aduana QUIROGA & QUIROGA contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Ricardo Torres Echalar
- VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Eduardo Quiroga Salazar en representación legal de la
- CONSIDERANDO: Que, la presente demanda fue admitida mediante decreto de 21 de mayo de 2014
- Que, se observa el abandono de la presente causa por parte de la agencia demandante
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No intervienen los Magistrados Juan Carlos Berrios Albizu, Edwin Aguayo Arando por encontrarse en comisión
- Regístrese, notifíquese y archívese
- Sala Plena
