Que mediante Resolución de Sala Plena N° 2/2019, de 9 de enero de 2019 de
Que mediante Resolución de Sala Plena N° 2/2019, de 9 de enero de 2019 de fs. 250 a 251 vta., se dispuso se libre provisión ejecutorial dirigida al Viceministerio del Tesoro y Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para efectos que proceda a la retención y posterior remisión del monto dispuesto en la sentencia referida, estableciendo de forma clara que corresponde a la partida presupuestaria para Contingentes Judiciales del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, individualizando inclusive el tipo, número de cuenta y el Banco donde se encuentra vigente dicha cuenta, por lo que se tiene por aclarado en el punto 1 de la solicitud efectuada por el Viceministro del Tesoro y Crédito Público, cursante a fs. 259 a 260, debiendo procederse a la comunicación de retención y remisión de fondos de recursos de la entidad demandada al Banco Unión S.A, así como la inclusión de los antecedentes procesales que correspondan
- RESOLUCIÓN: 42/2019
- FECHA: Sucre, 21 de agosto de 2019
- EXPEDIENTE Nº: 660/2013
- PROCESO: Contencioso
- PARTES: Alex Zeballos Harms contra el Gobierno Autónomo Departamental de Pando
- MAGISTRADO: Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO: Respecto a lo solicitado por la parte demandante, en consideración a la Sentencia Nº
- Que mediante Resolución de Sala Plena N° 2/2019, de 9 de enero de 2019 de
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y archívese
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