Resolución RE/0047/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Resolución RE/0047/2019

Fecha: 04-Sep-2019

CONSIDERANDO I: De la revisión de los antecedentes del proceso se colige que, la solicitud

CONSIDERANDO I: De la revisión de los antecedentes del proceso se colige que, la solicitud de homologación de sentencia fue presentada ante el Tribunal Supremo de Justicia el 6 de marzo del año en curso, habiendo sido observado esta por providencia de 19 de marzo del mismo año (fs. 12), a través del cual se les pidió aclarar la incongruencia existente entre el matrimonio celebrado en Estados Unidos, sobre el que se otorgó el divorcio y el matrimonio celebrado en Bolivia, sobre el que las partes pretenden su cancelación; ante ese hecho, se les pidió demostrar documentalmente que la sentencia de la cual se pide su homologación dispone la ejecución de cancelar la partida matrimonial celebrada en el Estado boliviano, concediéndoseles el plazo prudencial de 15 días hábiles para su cumplimiento, actuado procesal con el que fueron notificados el 10 de abril de 2019, conforme consta a fs. 13 de obrados, fecha a partir del cual transcurrieron más de 4 meses, sin que la demanda haya sido subsanada