- Fragmento 1
- SALA PLENA
- RESOLUCIÓN 26/2021
- EXPEDIENTE N°
- TIPO DE PROCESO
- PARTES
- Fragmento 7
- LUGAR Y FECHA
- MAGISTRADO TRAMITADOR : Edwin Aguayo Arando
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- VISTOS EN SALA PLENA
- CONSIDERANDO
- Con este antecedente, siendo atribución del juez o tribunal cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad, la facultad de ordenar, de oficio, que se subsanen los defectos de forma que pudiera advertir en la demanda, corresponde a este Tribunal, aplicar la facultad contenida en el art. 113 del CPC y declarar por no presentada la solicitud de homologación; considerando, además que las normas procesales son de orden público y por tanto de cumplimiento obligatorio.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y archívese.
