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1. Por Secretaría de Sala Plena y en orden de prelación, conforme prevé el art. 40 núm. 6) de la Ley de Órgano Judicial, procédase a designar Magistrado Tramitador para dar continuidad a la causa.
2. Mediante orden instruida comuníquese con la presente demanda como tercero interesado a la Dirección Distrital de Educación de La Paz 2, quien una vez notificado debe remitir los antecedentes administrativos que originaron el Memorándum N° 03/13 de 04 de enero 2013 a fs. 63, sea en el plazo de 20 días, cuya ejecución se comisiona al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
No interviene el Magistrado José Antonio Revilla Martínez por ser disidente.
Regístrese, notifíquese.
- SALA PLENA
- FECHA:
- EXPEDIENTE Nº:
- PROCESO: Contencioso Administrativo.
- PARTES:
- MAGISTRADO: Marco Ernesto Jaimes Molina
- VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa deducida por la Organización Educacional Boliviana Saint Andrews (OEBSA), representada por Denise Mostajo Sotelo, inicialmente contra la Dirección Departamental de Educación de La Paz y reconducida posteriormente contra el Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Informe N° 15/2020-SCTRIA-SP-TSJ-IP a fs. 293, todo lo inherente; y:
- CONSIDERANDO:
- POR TANTO:
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