Pago de Sueldos Devengados y demás Derechos Sociales
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III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionado Alfredo Becerra Serpa, Gerente General de SETAR, a través de su representante legal, presenta queja por “incumplimiento” -lo correcto es sobrecumplimiento- de la SCP 0448/2018-S3 -misma que concedió la tutela al accionante, ordenando su inmediata restitución al puesto laboral que ocupaba, más el pago de sueldos devengados y demás derechos sociales hasta el momento de su reincorporación-; alegando que, el Juez de garantías, en ejecución del mencionado fallo constitucional, dispuso que SETAR remita documentación para determinar el pago de la remuneración devengados y demás derechos que le corresponden al impetrante de tutela, y posteriormente fue notificado con la aprobación de un informe pericial conminándolo al pago efectivo del monto total por dicho concepto en favor de peticionante de tutela, en un plazo de tres días; sin embargo, dicha autoridad no tiene atribución de establecer la cuantía de sueldos devengados, ya que establecer ello corresponde a la judicatura laboral, al tratarse de hechos controvertidos que necesitan demostrarse y ser valorados; por lo que, la actuación desplegada por el aludido Juez de garantías le genera indefensión.