0000054 CINCUENTA Y CUATRO Rol N° 9003-20-INA
0000054 CINCUENTA Y CUATRO Rol N° 9003-20-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidenta, Ministra señora MARÍA LUISA BRAHM BARRIL, por sus Ministros señores GONZALO GARCÍA PINO, JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, NELSON POZO SILVA, ministra señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, y ministros señores JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ, MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ y RODRIGO PICA FLORES. Firma la señora Presidenta del Tribunal, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurren al acuerdo y fallo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. 17
- 0000038 TREINTA Y OCHO 2020 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9003-2020 [3 de diciembre de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY Nº 18
- 0000039 TREINTA Y NUEVE igualdad como valor constitucional se torna en una opción ético social básica que el Estado debe propugnar y concretar, cuestión que no se materializaría al establecer la pena privativa de libertad como única opción a aplicar por el juzgador oral
- 0000040 CUARENTA Y CONSIDERANDO: PRIMER CAPÍTULO CONSIDERACIONES GENERALES PRIMERO
- 0000041 CUARENTA Y UNO política criminal la fija el legislador dentro de los límites constitucionales
- 0000042 CUARENTA Y DOS DÉCIMO
- 0000043 CUARENTA Y TRES DECIMOSEXTO
- 0000044 CUARENTA Y CUATRO III
- 0000045 CUARENTA Y CINCO 4°
- 0000046 CUARENTA Y SEIS abstracto sobrepasa el umbral de “pena aflictiva”, es decir, condenas privativas de libertad desde tres años y un día en adelante
- 0000047 CUARENTA Y SIETE El derecho subjetivo, cuyo objeto es la pena, es precisamente un derecho subjetivo de castigar (Ius Puniendi)
- 0000048 CUARENTA Y OCHO ciudadanos” (Sobre el castigo, Antony Duff, Siglo XXI Editores, Argentina, 2015, p
- 0000049 CUARENTA Y NUEVE 8°
- 0000050 CINCUENTA El ius puniendi y las penas privativas de libertad están reservados para sancionar las conductas delictivas más graves que afecten bienes jurídicos de la más alta importancia (carácter fragmentario del Derecho Penal)
- 0000051 CINCUENTA Y UNO autos, resulta plausible sostener, conforme a las circunstancias del caso concreto, que no resultará aplicable el precepto legal impugnado
- 0000052 CINCUENTA Y DOS 6°
- 0000053 CINCUENTA Y TRES a) recalificación de él o los delitos que conformen la imputación, sea en sede de recurso de nulidad o bien -si la gestión se encuentra pendiente en instancia- por el propio Ministerio Público al acusar o por Tribunal de Juicio Oral, según la etapa del proceso respectivo
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