Encabezado
La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional[1], en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, decide sobre la revisión del fallo de tutela proferido en primera instancia el 12 de diciembre de 2024 por el Juzgado 073 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de San Jacinto, que resolvió negar el amparo solicitado por la accionante, con fundamento en los siguientes:
