A1619/25
Corte Constitucional de Colombia

A1619/25

Fecha: 14-Oct-2025

RESUELVE

Primero. ACUMULAR los conflictos de jurisdicciones CJU-7039, 7089, 7090, 7106 y 7116 por presentar unidad de materia.

Segundo. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones CJU-7039 suscitado entre el Juzgado 004 Administrativo de Yopal, Casanare, y el Juzgado 002 Civil Municipal de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 004 Administrativo de Yopal, Casanare, es el competente para conocer de la demanda promovida por el IFC contra Lady Nataly Sogamoso Gualdron.

Tercero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones CJU-7089 suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal, Casanare y el Juzgado 001 Administrativo de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 001 Administrativo de Yopal, Casanare, es el competente para conocer de la demanda promovida por el IFC contra Sandra Milena Abril Jerónimo y Alfredo Abril.

Cuarto. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones CJU-7090 suscitado entre el Juzgado 003 Civil Municipal de Yopal, Casanare y el Juzgado 001 Administrativo de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 001 Administrativo de Yopal, Casanare, es el competente para conocer de la demanda promovida por el IFC contra Leonardo Arvey Morales Niño y Ana Julia Niño Aguilar.

Quinto. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones CJU-7106 suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal, Casanare y el Juzgado 001 Administrativo de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 001 Administrativo de Yopal, Casanare, es el competente para conocer de la demanda promovida por el IFC contra Alba Yaneth Tumay Girón y Jorge Eliécer Ortega Fonseca.

Sexto. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones CJU-7116 suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal, Casanare y el Juzgado 001 Administrativo de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 001 Administrativo de Yopal, Casanare, es el competente para conocer de la demanda promovida por el IFC contra Germán Eduardo Lara Perdomo.

Séptimo. REMITIR el expediente CJU-7039 al Juzgado 004 Administrativo de Yopal, Casanare, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a la otra autoridad judicial y a los sujetos procesales dentro de los asuntos.

Octavo. REMITIR los expedientes CJU-7089, 7090, 7106 y 7116 al Juzgado 001 Administrativo de Yopal, Casanare, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a las demás autoridades judiciales y a los sujetos procesales dentro de cada uno de los asuntos.

Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR

Presidente

NATALIA ÁNGEL CABO

Magistrada

CARLOS CAMARGO ASSIS

Magistrado

HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDOÑO

Magistrado

JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ

Magistrado

LINA MARCELA ESCOBAR MARTÍNEZ

Magistrada

VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE

Magistrado

PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA

Magistrada

MIGUEL POLO ROSERO

Magistrado

ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ

Secretaria General