I. ANTECEDENTES Y ACTOS PROCESALES
1. Carlos Alberto Lasso Barrera formuló acción de tutela contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga –Sala Penal–, en procura de obtener la protección de su derecho fundamental de petición. Lo anterior, dado que el 16 de agosto de 2019 formuló una solicitud ante esa corporación judicial con la finalidad de obtener información y copias respecto de un proceso de tutela que dicho Tribunal conoció en segunda instancia[1]. No obstante, a la fecha de presentación de la acción de tutela no había recibido respuesta.
2. Mediante auto de 19 de septiembre de 2019, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga –Sala Penal– declaró su falta de competencia para decidir la solicitud de amparo y ordenó remitir el expediente a la Oficina Judicial para que se repartiera entre los jueces municipales de Bucaramanga y no a un juez de mayor jerarquía, con base en que “el asunto que se denuncia no ostenta la naturaleza de funcional, por cuanto no tiene relación con el ejercicio de las funciones judiciales otorgadas a los Jueces de la República”[2] y, en esa medida, la acción de tutela debe ser conocida por los jueces municipales de Bucaramanga, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 1º del Decreto 1983 de 2017[3].
3. En razón de lo anterior, el asunto fue repartido al Juzgado Cuarto Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bucaramanga el cual, a través de auto del 23 de septiembre de 2019, suscitó el conflicto de competencia negativo.
Fundamentó tal decisión en que, de acuerdo con su criterio, “sí estamos ante un asunto con características jurisdiccionales, toda vez que la petición del accionante está encaminada a obtener información y copia de unos documentos, pero no de cualesquiera, sino específicamente relacionados con una tutela que resolvió el Tribunal Superior de Bucaramanga”[4].
En consecuencia, señaló que la competencia para decidir el asunto recae en la Corte Suprema de Justicia. No obstante lo anterior, ordenó remitir el expediente a la Corte Constitucional para que defina cuál es la autoridad judicial encargada de conocer la acción de tutela presentada por el señor Carlos Alberto Lasso Barrera contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga –Sala Penal–.