Auto Constitucional A 069/20
Corte Constitucional de Colombia

Auto Constitucional A 069/20

Fecha: 26-Feb-2020

IV.DECISIÓN

Con base en las anteriores consideraciones, la Sala Plena de la Corte Constitucional,

RESUELVE:

Primero: DEJAR SIN EFECTOS los autos del 03 y del 16 de diciembre de 2019, proferidos por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante el cual se declaró sin competencia para conocer de la acción de tutela formulada por la señora Margarita Isabel López Granda, contra la Fiscalía 46 Seccional de Guamo (Tolima).

Segundo: REMITIR el expediente ICC-3803 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Tercero: ADVERTIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín que, en lo sucesivo, debe observar con estricto rigor la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto, y abstenerse de promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones que debe adoptar como juez constitucional.

Cuarto: ADVERTIR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, referidas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.

Quinto: Por Secretaría General, COMUNICAR al accionante y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué la decisión adoptada en esta providencia.

Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

ALBERTO ROJAS RÍOS

Presidente

CARLOS BERNAL PULIDO

Magistrado

DIANA FAJARDO RIVERA

Magistrada

LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ

Magistrado

ALEJANDRO LINARES CANTILLO

Magistrado

ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO

Magistrado

CRISTINA PARDO SCHLESINGER

Magistrada

JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS

Magistrado

GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO

Magistrada

MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ

Secretaria General