Sentencia T-329/17
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-329/17

Fecha: 24-Feb-2020

I. ANTECEDENTES

La señora Inés Estela Ojeda Gutiérrez, Representante Legal de la Junta Social Proreubicación de Tabaco, La Guajira, presentó solicitud ante la Personería Municipal de Hatonuevo, La Guajira, con el fin que fuera elevada acción de tutela contra el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio del Interior, el Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y la empresa Carbones del Cerrejón Limited.[2] La actuación en nombre de la comunidad asegura que en el proceso de ejecución de la licencia otorgada mediante Resolución No. 003058 del 11 de septiembre de 1998, se omitió la realización de una consulta previa a la comunidad afrodescendiente de Tabaco; así como también, se han incumplido los acuerdos pactados como medidas resarcitorias por la expropiación de sus tierras ancestrales. Por esta razón, sostienen que se vulneraron sus derechos fundamentales a la igualdad, autonomía étnica, consulta previa, desarrollo sostenible e integridad cultural y social de la comunidad de Tabaco y, en consecuencia, solicitan la realización de una consulta previa. Para estos efectos, exponen los siguientes hechos y argumentos.