III. CASO CONCRETO
De conformidad con lo expuesto, la Sala Plena constata que en el presente caso:
(i) Se suscitó un conflicto aparente de competencia, toda vez que el magistrado Luis Alonso Rico Puerta de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia invocó reglas de reparto[13], para abstenerse de conocer la acción de tutela interpuesta por Ruby del Carmen Riascos Vallejos en contra la Sala de Gobierno del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales y otro. Esto, pese a que la Corte Constitucional ha señalado que este tipo de reglas no pueden ser usadas por las autoridades judiciales para rechazar la competencia, en la medida que corresponden a simples reglas administrativas destinadas al reparto de las acciones de tutela, las cuales no desplazan la competencia. En adición, la Corte Suprema de Justicia es superior jerárquico de la autoridad judicial accionada, por lo que no se desatendió el principio de superior jerárquico funcional.
(ii) La autoridad que debe resolver la acción de tutela instaurada por Ruby del Carmen Riascos Vallejos en contra la Sala de Gobierno del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales, y otro, es aquella con competencia a la que se repartió en primer término la solicitud, esto es, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.
En consecuencia, y con fundamento en las consideraciones de esta providencia, la Sala Plena dejará sin efectos el Auto proferido el 12 de noviembre de 2019 por el magistrado Luis Alonso Rico Puerta de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia. En adición, ordenará que se le remita el expediente del ICC 3795, para que, de forma inmediata, inicie el trámite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado, conforme a las previsiones del artículo 86 de la Constitución Política y del Decreto 2591 de 1991.
Finalmente, esta Sala le advertirá al magistrado Luis Alonso Rico Puerta de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto.
