I. ANTECEDENTES
A través de escrito radicado el 27 de enero y ampliado el 4 de febrero ante la Secretaría General de la Corte, Natalia Bernal Cano formuló recusación contra el Magistrado de esta Corporación Alejandro Linares Cantillo para que se separe del conocimiento de los expedientes D-13225 y D-13255, en los que se estudia la constitucionalidad de los artículos 90, 91 y 93 del Código Civil y 122 del Código Penal. También pidió que se anulara la ponencia registrada. Expuso que el magistrado vulneró su derecho al debido proceso al i) no dar respuesta a sus solicitudes de audiencia pública presentadas el 12 septiembre y el 16 de octubre pasados, ii) modificar el objeto de las acciones de inconstitucionalidad presentadas, desconociendo el principio de congruencia y pro actione, iii) ignorar las pruebas de daños y perjuicios graves ocasionados por abortos legales y la documentación médica correspondiente, valorando indebidamente los elementos probatorios, iv) incluir pruebas que no han sido aportadas por ella, v) ignorar la solicitud de medida cautelar de suspensión de las interrupciones voluntarias del embarazo, vi) pedir experticias que no responden a conceptos técnicos, y vii) no citar a audiencia pública, pese a la trascendencia del tema y la necesidad de un debate democrático.
