ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El 17 de diciembre de 2020 la procuradora doña Ángeles Fuertes Pérez, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios del DIRECCION000 , interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución, de 7 de octubre de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica del Principado de Asturias por la que se desestima la reposición contra la Resolución de 20 de enero de 2020 por la que procede refacturar el consumo eléctrico, conforme a lo establecido en el artículo 96 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, en las instalaciones del DIRECCION000 como consecuencia de la revisión puntual efectuada con fecha 22/07/2015 por los técnicos de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, en la que se detectó una anomalía en la conexión del equipo de medida, teniendo en cuenta que el periodo de refacturación no puede exceder de un año.
SEGUNDO.- Recibido el recurso, se registró con el número P.O. nº 862/2020 y por decreto de 21 de diciembre de 2020 se admitió y se ordenó la tramitación por el procedimiento ordinario, el emplazamiento de los interesados y la remisión del expediente administrativo. Por diligencia de 3 de febrero de 2021 se tuvo por personado y parte codemandada al procurador don Fernando López González, en nombre y representación de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU.
TERCERO.- La parte actora formuló demanda, que fue contestada por el Servicio Jurídico del Principado de Asturias y por la codemandada. Por decreto de 1 de junio de 2021 se fijó la cuantía del recurso como indeterminada y por auto de 14 de junio de 2021 se recibió el recurso a prueba practicándose en los términos que obran en autos.
CUARTO.- Formularon sucesivamente conclusiones escritas todas las partes y el 21 de diciembre de 2021 se procedió a la deliberación, votación y fallo, habiéndose observado en la tramitación del presente recurso contencioso-administrativo las prescripciones legalmente establecidas.
SEGUNDO.- Recibido el recurso, se registró con el número P.O. nº 862/2020 y por decreto de 21 de diciembre de 2020 se admitió y se ordenó la tramitación por el procedimiento ordinario, el emplazamiento de los interesados y la remisión del expediente administrativo. Por diligencia de 3 de febrero de 2021 se tuvo por personado y parte codemandada al procurador don Fernando López González, en nombre y representación de Hidrocantábrico Distribución Eléctrica, SAU.
TERCERO.- La parte actora formuló demanda, que fue contestada por el Servicio Jurídico del Principado de Asturias y por la codemandada. Por decreto de 1 de junio de 2021 se fijó la cuantía del recurso como indeterminada y por auto de 14 de junio de 2021 se recibió el recurso a prueba practicándose en los términos que obran en autos.
CUARTO.- Formularon sucesivamente conclusiones escritas todas las partes y el 21 de diciembre de 2021 se procedió a la deliberación, votación y fallo, habiéndose observado en la tramitación del presente recurso contencioso-administrativo las prescripciones legalmente establecidas.