Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar el conflicto positivo de competencia promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, contra el art. 5.3 a) del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional y declarar que el inciso “y las autonómicas” es contrario al orden constitucional de distribución de competencias, y, en consecuencia, inconstitucional y nulo.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a dieciocho de febrero de dos mil veintiuno.
