Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido inadmitir el recurso de amparo interpuesto por don Carlos Santiago Contreras.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a quince de marzo de dos mil veintiuno.