SENTENCIA 57/2021, de 15 de marzo
Tribunal Constitucional de España

SENTENCIA 57/2021, de 15 de marzo

Fecha: 15-Mar-2021

Fallo

En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar el recurso de amparo interpuesto por la representación procesal de doña María Virtudes Carnicel Flores, y, en su virtud:

1º Declarar que ha sido vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE).

2º Restablecerle en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad del decreto de 29 de julio de 2019 dictado por el Juzgado de lo Penal núm. 6 de Alcalá de Henares en el expediente de ejecución núm. 232-2018, en cuanto estableció que contra el mismo no cabe interponer recurso alguno.

3º Retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente posterior al dictado del citado decreto para que el Juzgado de lo Penal núm. 6 de Alcalá de Henares provea a la reparación del derecho fundamental vulnerado en los términos que se especifican en el fundamento jurídico quinto de esta sentencia.

Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.

Dada en Madrid, a quince de marzo de dos mil veintiuno.