Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar el recurso de amparo interpuesto por treinta y dos diputados y diputadas del Grupo Parlamentario Ciutadans en el Parlamento de Cataluña contra: (i) los acuerdos de la mesa del Parlamento de Cataluña de 14 y de 27 de enero de 2020; (ii) la decisión del presidente del Parlamento de Cataluña de obligar a dirigir las preguntas de control a una persona carente de capacidad jurídica para ostentar el cargo de presidente de la Generalitat, y (iii) la concreta aplicación de dicha decisión durante la sesión número 49 del Pleno del Parlamento de Cataluña de los días 11, 12 y 13 de febrero de 2020.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a quince de marzo de dos mil veintiuno.
