Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar el recurso de amparo interpuesto por don Oriol Junqueras Vies y don Raül Romeva Rueda.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a dieciocho de marzo de dos mil veintiuno.
