Fallo
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:
1º Estimar la demanda presentada por la entidad Naguspea, S.L., por vulneración de su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva sin padecer indefensión (art. 24.1 CE), con reconocimiento de tal derecho.
2º Declarar la nulidad de la providencia de 17 de diciembre de 2019 de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (recurso 1584-2019).
3º Retrotraer el procedimiento al momento inmediatamente anterior al dictado de dicha providencia, para que por la Sala competente se provea a otra resolución que resulte respetuosa con el derecho fundamental declarado.
Publíquese esta sentencia en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dada en Madrid, a diez de mayo de dos mil veintiuno.
