Encabezado
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda)
de 16 de diciembre de 2021(*)
«Procedimiento prejudicial— Libre circulación de capitales— Fondos de inversión colectiva de tipo cerrado— Fondos de inversión colectiva de tipo abierto— Inversiones en bienes inmuebles— Impuestos hipotecarios y catastrales— Ventaja fiscal reservada únicamente a los fondos inmobiliarios de tipo cerrado— Diferencia de trato— Comparabilidad de las situaciones— Criterios de diferenciación objetivos»
En los asuntos acumulados C‑478/19 y C‑479/19,
que tienen por objeto sendas peticiones de decisión prejudicial planteadas, con arreglo al artículo 267TFUE, por la Corte suprema di cassazione (Tribunal Supremo de Casación, Italia), mediante resoluciones de 21 de diciembre de 2018, recibidas en el Tribunal de Justicia el 19 de junio de 2019, en los procedimientos entre
UBS Real Estate KapitalanlagegesellschaftmbH y Agenzia delle Entrate, EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Segunda), integrado por el Sr.A.Arabadjiev, Presidente de la Sala Primera, en funciones de Presidente de la Sala Segunda, la Sra.I.Ziemele y los Sres.T.von Danwitz, P.G.Xuereb (Ponente) y A.Kumin, Jueces;
Abogado General: Sr.G.Hogan;
Secretario: Sr.A.Calot Escobar;
habiendo considerado los escritos obrantes en autos;
consideradas las observaciones presentadas:
–en nombre de UBS Real Estate Kapitalanlagegesellschaft mbH, por el Sr.S.Ricci y la Sra.M.Serpieri, avvocati;
–en nombre del Gobierno italiano, por la Sra.G.Palmieri, en calidad de agente, asistida por el Sr.P.Gentili, avvocato dello Stato;
–en nombre de la Comisión Europea, por el Sr.W.Roels y la Sra.F.Tomat, en calidad de agentes;
oídas las conclusiones del Abogado General, presentadas en audiencia pública el 25 de febrero de2021;
dicta la siguiente
Sentencia
Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación de los artículos 43CE y 56CE (actualmente, tras su modificación, artículos 49TFUE y 63TFUE).
Estas peticiones se han presentado en el contexto de sendos litigios entre UBS Real Estate Kapitalanlagegesellschaft mbH (en lo sucesivo, «UBS Real Estate») y la Agenzia delle Entrate (Agencia Tributaria, Italia), en relación con la ventaja consistente en la reducción de los impuestos hipotecarios y catastrales que solo se confiere a los fondos de inversión de tipo cerrado, con exclusión de los de tipo abierto.