Asunto T‑565/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto T‑565/19

Fecha: 15-Dic-2021

Encabezado

Asunto T565/19

Oltchim,S.A.,

contra

Comisión Europea

Sentencia del Tribunal General (Sala Décima ampliada) de 15 de diciembre de2021

«Ayudas de Estado— Medidas de apoyo adoptadas por Rumanía en favor de una empresa petroquímica— No ejecución, acumulación y cancelación de créditos públicos— Recurso de anulación— Plazo para recurrir— Inicio del cómputo— Artículo 24, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/1589— Interés en ejercitar la acción— Existencia de una o varias medidas— Fondos estatales— Imputabilidad al Estado— Aplicabilidad del criterio del acreedor privado— Aplicación del criterio del acreedor privado— Obligación de motivación»

1.Recurso de anulación— Plazos— Inicio del cómputo— Fecha de publicación— Fecha en que se tiene conocimiento del acto— Carácter subsidiario— Actos que, en virtud de una disposición reglamentaria, deben ser objeto de publicación en el Diario Oficial— Decisión de la Comisión que pone fin a un procedimiento de investigación formal en materia de ayudas de Estado— Plazo calculado a partir de la fecha de publicación— Seguridad jurídica— Principio de igualdad de trato

[Art.263TFUE, párr.6; Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, arts.9,24, ap.1 y 32, ap.3]

(véanse los apartados 33 a 56 y 67)

2.Recurso de anulación— Personas físicas o jurídicas— Interés en ejercitar la acción— Necesidad de un interés existente y efectivo— Recurso que puede reportar un beneficio al demandante— Decisión de la Comisión mediante la que se declara la incompatibilidad de una ayuda con el mercado interior y se ordena su recuperación— Admisibilidad

(Art.263TFUE, párr.4)

(véanse los apartados 72 a 76)

3.Ayudas otorgadas por los Estados— Concepto— Concesión de ventajas imputable al Estado— Intervenciones consecutivas del Estado indisociables debido a la existencia de vínculos muy estrechos entresí— Existencia de una o varias medidas— Criterios de apreciación

(Art.107TFUE, ap.1)

(véanse los apartados 94, 95, 99, 100, 103, 104, 107, 108, 111 a 113, 116, 117 y 120 a 137)

4.Ayudas otorgadas por los Estados— Concepto— Ayudas procedentes de fondos estatales— Concepto de fondos estatales— Cancelación parcial de las deudas concedidas por una empresa privada— Estado titular de una participación minoritaria en dicha sociedad privada— Exclusión

(Art.107TFUE, ap.1)

(véanse los apartados 147 a 156)

5.Ayudas otorgadas por los Estados— Concepto— Concesión de ventajas imputable al Estado— Plan de reorganización de una empresa en liquidación adoptado en el marco de un procedimiento concursal— Prueba de la imputabilidad al Estado de la mayoría de los votos requeridos para la aprobación de dicho plan— Inexistencia— Exclusión

(Art.107TFUE, ap.1)

(véanse los apartados 160 a 215)

6.Ayudas otorgadas por los Estados— Concepto— Apreciación según el criterio del inversor privado— Aplicabilidad del criterio del acreedor privado— Acreedores privados y públicos que conceden facilidades de pago a otra empresa— Apreciación a la luz de todos los aspectos pertinentes de la operación controvertida y de su contexto

(Art.107TFUE, ap.1)

(véanse los apartados 226 a 248)

7.Ayudas otorgadas por los Estados— Concepto— Concesión de una ventaja a los beneficiarios— No ejecución y acumulación de créditos frente a una empresa en dificultades— Apreciación según el criterio del acreedor privado— Inexistencia de ventaja

(Art.107TFUE, ap.1)

(véanse los apartados 253 a 298)

8.Actos de las instituciones— Motivación— Obligación— Alcance— Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado— Examen del criterio del acreedor privado— Motivación suficiente

(Art.296TFUE)

(véanse los apartados 330 y 331)