Costas
12Al haberse adoptado el presente auto antes de la notificación de la demanda a la Comisión y antes de que esta haya podido incurrir en costas, basta decidir que las partes demandantes cargarán con sus propias costas, conforme al artículo 133 del Reglamento de Procedimiento.
En virtud de todo lo expuesto,
EL TRIBUNAL GENERAL (Sala Octava)
resuelve:
1)Desestimar el recurso en parte por ser manifiestamente inadmisible y en parte por falta de competencia manifiesta.
2)D.Francisco Javier Castellanos Triviño y las demás partes demandantes cuyos nombres figuran en anexo cargarán con sus propias costas.
Dictado en Luxemburgo, a 22 de diciembre de2021.
El Secretario | El Presidente |
E.Coulon | J.Svenningsen |
*Lengua de procedimiento: español.
1 Únicamente la versión notificada a las partes contiene un anexo en el que figura la lista de las demás partes demandantes.
