Encabezado
Edición provisional
SENTENCIA DEL TRIBUNAL GENERAL (Sala Tercera)
de 9 de febrero de 2022(*)
«Responsabilidad extracontractual— Política económica y monetaria— Reestructuración de la deuda pública griega— Acuerdo de canje de títulos en beneficio únicamente de los bancos centrales del Eurosistema— Participación del sector privado— Cláusulas de acción colectiva— Acreedores privados— Acreedores públicos— Imputabilidad— Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares— Artículo 63TFUE, apartado1— Artículos 120TFUE a 127TFUE y 352TFUE, apartado1— Derecho a la propiedad— Igualdad de trato»
En el asunto T‑868/16,
QI y las demás partes demandantes cuyos nombres figuran en anexo,(1) representadas por el Sr.S.Pappas, abogado,
partes demandantes, contra
Comisión Europea, representada por los Sres.J.‑P.Keppenne, L.Flynn y T.Maxian Rusche, en calidad de agentes, y
Banco Central Europeo (BCE), representado por el Sr.K.Laurinavičius y la Sra.M.Szablewska, en calidad de agentes, asistidos por el Sr.H.‑G.Kamann, abogado,
partes demandadas,
apoyadospor
Consejo Europeo, y
Consejo de la Unión Europea,
representados por las Sras.K.Michoel y E.Chatziioakeimidou y el Sr.J.Bauerschmidt, en calidad de agentes,
partes coadyuvantes,
que tiene por objeto un recurso basado en el artículo 268TFUE por el que se solicita el resarcimiento del perjuicio supuestamente sufrido por los demandantes como consecuencia de la ejecución de un canje obligatorio de títulos de deuda soberana en el marco de la reestructuración de la deuda pública griega en 2012, en virtud de una participación de los inversores privados que implicaba la aplicación de cláusulas de acción colectiva, debido a comportamientos y actos, en particular, del Consejo Europeo, del Consejo, de la Comisión y delBCE,
EL TRIBUNAL GENERAL (Sala Tercera),
integrado por el Sr.S.Frimodt Nielsen, Presidente, y el Sr.V.Kreuschitz (Ponente) y la Sra.N.Półtorak, Jueces;
Secretario: Sr.F.Oller, administrador;
habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 12 de septiembre de2018;
dicta la siguiente
Sentencia(2)