Procedimiento prejudicial— Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios— Reglamento (UE) n.º1151/2012
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Procedimiento prejudicial— Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia— Regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios— Reglamento (UE) n.º1151/2012

Fecha: 09-Feb-2022

Costas

61Dado que el procedimiento tiene, para las partes del litigio principal, el carácter de un incidente promovido ante el órgano jurisdiccional remitente, corresponde a este resolver sobre las costas. Los gastos efectuados por quienes, no siendo partes del litigio principal, han presentado observaciones ante el Tribunal de Justicia no pueden ser objeto de reembolso.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Décima) declara:

El Reglamento (UE) n.º1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, debe interpretarse en el sentido de que se opone a la normativa de un Estado miembro que establece un régimen nacional de registro y protección de designaciones geográficas cualificadas, correspondientes a productos agrícolas y alimenticios comprendidos en el ámbito de aplicación de dicho Reglamento, que solo se aplica a los litigios por vulneración de los derechos derivados de esas designaciones sustanciados entre comerciantes de ese Estado miembro que produzcan, en el territorio de este, los productos para los que se hayan registrado las citadas designaciones en virtud de esa normativa.

Firmas


*Lengua de procedimiento: búlgaro.