ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 212/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 1 DE MARZO DE 2021. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS. SECRETARIA: ADRIANA CARMONA CARMONA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 212/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 1 DE MARZO DE 2021. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS. SECRETARIA: ADRIANA CARMONA CARMONA.

Fecha: 08-Jul-2022

Ley De Educación Para El Estado De Tlaxcala

"Artículo 1. Las disposiciones de esta ley garantizan el derecho a la educación reconocido en el artículo 3o. de la Constitución Federal, los tratados internacionales de los que México sea Parte, la ley general, y en la Constitución Local, cuyo ejercicio es necesario para alcanzar el bienestar de todas las personas.

"La presente ley tendrá por objeto regular los servicios educativos que impartan las autoridades educativas, los organismos públicos descentralizados y los que proporcionan los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en el ámbito estatal.

"Sus disposiciones son de orden público, interés social y de observancia general en el Estado de Tlaxcala.

"El Estado tendrá la rectoría del servicio público educativo en términos de la Constitución Federal."

20. En términos similares se pronunció este Tribunal Pleno al resolver la acción de inconstitucionalidad 136/2020, en sesión celebrada el ocho de septiembre de dos mil veinte, por unanimidad de once votos.