AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1419/2004. SAN JUANA ROSAS VÁZQUEZ.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1419/2004. SAN JUANA ROSAS VÁZQUEZ.

Fecha: 08-Oct-1984

Considerando

SEGUNDO. Las consideraciones necesarias para resolver esta instancia son las que a continuación se sintetizan.

1. La quejosa impugnó en sus conceptos de violación la constitucionalidad del artículo 1301 del Código de Comercio, porque, a su juicio, es violatorio de las garantías de legalidad y seguridad jurídica tuteladas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, al no prever las circunstancias que debe tomar en cuenta el juzgador para darle valor probatorio a un dictamen pericial, de ahí que, asegura, se deja a su arbitrio caprichoso la valoración de dicha prueba para la comprobación de los hechos controvertidos, dejándose de observar los elementos técnicos que debe contener un dictamen para su correcta justipreciación.

2. En la sentencia recurrida, el Tribunal Colegiado del conocimiento calificó como infundado el concepto de violación referido, al considerar que, contrario a lo alegado, el precepto combatido no es violatorio de las garantías de legalidad y seguridad jurídica.