Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3411/2022
QUEJOSOS Y RECURRENTES: ********** Y OTROS
PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
SECRETARIA: ADRIANA M. RAMÍREZ SÁNCHEZ
COLABORADORA: DULCE MARÍA BRITO OCAMPO
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: En septiembre de 2017, el señor ********** laboraba en la empresa **********. El 19 de septiembre de 2017, un terremoto sacudió la Ciudad de México y el edificio que albergaba el centro de trabajo se derrumbó. Con motivo del derrumbe, el señor ********** –quien se encontraba trabajando en dicho edificio– perdió la vida.
Años más tarde, los familiares del señor ********** promovieron un juicio ordinario civil, mediante el cual demandaron de la empresa diversos pagos por concepto de indemnización derivada de daño moral, responsabilidad civil objetiva, responsabilidad civil subjetiva y daños derivados del riesgo profesional, respectivamente.
Tanto en primera como en segunda instancia ordinaria civil se determinó que los familiares del señor ********** no acreditaron la procedencia de sus acciones. En contra de la decisión de la sala, los familiares supérstites promovieron juicio de amparo directo. El tribunal colegiado del conocimiento negó el amparo, por considerar que fue correcta la absolución de la empresa demandada. Inconforme, la parte quejosa interpuso el recurso de revisión que nos convoca.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3411/2022
QUEJOSOS Y RECURRENTES: ********** Y OTROS
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
COTEJÓ
SECRETARIA: ADRIANA M. RAMÍREZ SÁNCHEZ
COLABORADORA: DULCE MARÍA BRITO OCAMPO
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al 28 de agosto de 2024 , emite la siguiente:
