R E S U E L V E :
PRIMERO. Se desecha el recurso de revisión a que este expediente 1052/2023 se refiere.
SEGUNDO. Queda firme la sentencia recurrida.
Notifíquese; conforme a derecho corresponda, y en su oportunidad archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por mayoría de cuatro votos de los Ministros y las Ministras Loretta Ortiz Ahlf, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el Ministro Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo. En contra del emitido por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá (Ponente), quien se reserva su derecho a formular voto particular.
