Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4041/2022
QUEJOSO Y RECURRENTE: GUILLERMO JENKINS DE LANDA.
PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK
COTEJÓ
SECRETARIA: GABRIELA GUADALUPE FLORES DE QUEVEDO
COLABORÓ: AMÉRICA MONTSERRAT ROSAS CANO
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: El quejoso promovió juicio de amparo contra la sentencia de veintinueve de octubre de dos mil veintiuno, dictada por la Segunda Sala Regional Norte Este del Estado de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en que reconoció la legalidad de la resolución administrativa a través de la cual se le determinó un crédito fiscal. El Tribunal Colegiado de Circuito negó el amparo al considerar, entre otras cosas, que no hubo omisión de estudio del argumento vinculado al desacato de la cosa juzgada y que la vía idónea para analizar la repetición del vicio de legalidad anulado era el recurso de queja. Inconforme, el quejoso interpuso recurso de revisión en que insiste en la falta de observancia de criterios relacionados con la figura procesal de cosa juzgada y además plantea la inconstitucionalidad del artículo 217 de la Ley de Amparo por no prever una sanción respecto a su desacato.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4041/2022
QUEJOSO y RECURRENTE: GUILLERMO JENKINS DE LANDA.
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: JAVIER LAYNEZ POTISEK
COTEJÓ
SECRETARIA: GABRIELA GUADALUPE FLORES DE QUEVEDO
COOLABORÓ: AMÉRICA MONTSERRAT ROSAS CANO
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al dieciséis de noviembre de dos mil veintidós, emite la siguiente:
