Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4220/2022
QUEJOSO: INSTITUTO ANTONIO DE MENDOZA DE MORELIA, ASOCIACIÓN CIVIL
RECURRENTE: SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF
COTEJÓ
SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS
COLABORÓ: LOURDES GUTIÉRREZ ZÚÑIGA
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: Instituto Antonio de Mendoza de Morelia, asociación civil, demandó en la vía administrativa una determinación en la que le fue impuesta una multa por incumplir con el deber en materia de transparencia previsto en el artículo 82, fracción VI, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con la regla 3.10.11. de la Resolución Miscelánea Fiscal para dos mil diecinueve.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4220/2022
QUEJOSO: INSTITUTO ANTONIO DE MENDOZA DE MORELIA, ASOCIACIÓN CIVIL
RECURRENTE: SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
VISTO BUENO
SRA. MINISTRA
PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF
COTEJÓ
SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS
COLABORÓ: LOURDES GUTIÉRREZ ZÚÑIGA
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al treinta de noviembre de dos mil veintidós, emite la siguiente:
