Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5461/2021
Fecha: 23-Mar-2022
VI. REVISIÓN ADHESIVA
- Ahora bien, dado el sentido de la decisión alcanzada, en cuanto a los agravios hechos valer por el IPAB, en su calidad de tercero interesado y recurrente adhesivo, debe decirse que resulta innecesario el análisis de éstos, al haberse confirmado la sentencia de amparo recurrida y negarse la protección constitucional a la recurrente principal, lo que implica necesariamente la subsistencia del acto reclamado .
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