AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5794/2021
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5794/2021

Fecha: 27-Abr-2022

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5794/2021

QUEJOSA Y RECURRENTE: OPERADORA AINOA, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE

PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK

COTEJÓ

SECRETARIA: GABRIELA GUADALUPE FLORES DE QUEVEDO

COLABORÓ: MAXIMILIANO RIVERA HERRERA

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: La quejosa promovió juicio de amparo contra la sentencia de veinte de abril del dos mil veintiuno, dictada por la Séptima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en que declaró la nulidad, para efectos, de la resolución administrativa impugnada. El tribunal colegiado de circuito negó el amparo al considerar, entre otras cosas, que el artículo 71, fracción V, del Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor respeta el derecho a la no autoincriminación, y calificó de inoperante el diverso planteamiento de inconstitucionalidad del artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor por considerar que no cumple las premisas para emprender dicho análisis. Inconforme la quejosa interpuso recurso de revisión en que insiste en la inconstitucionalidad de dichos preceptos y además plantea la inconstitucionalidad del artículo 79 de la Ley de Amparo.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5794/2021

QUEJOSA Y RECURRENTE: OPERADORA AINOA, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK

COTEJÓ

SECRETARIA: GABRIELA GUADALUPE FLORES DE QUEVEDO

COLABORÓ: MAXIMILIANO RIVERA HERRERA

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintisiete de abril del dos mil veintidós, emite la siguiente: