AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5953/2021
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5953/2021

Fecha: 27-Abr-2022

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5953/2021

QUEJOSA: MARÍA DE LOS ÁNGELES CHAMORRO HERNÁNDEZ

RECURRENTE: GASPAR CHAMORRO GUADARRAMA

PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK

COTEJÓ

SECRETARIO: ALFREDO URUCHURTU SOBERÓN

SECRETARIA AUXILIAR: ADDA ROSA hOYOS BRITO

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: La quejosa promovió juicio de amparo contra la sentencia de tres de marzo de dos mil veintiuno, dictada en el juicio agrario 1462/2017 resuelto por el Tribunal Unitario Agrario del Distrito Nueve, con residencia en Toluca, Estado de México.

El Tribunal Colegiado de Circuito, supliendo la deficiencia de la queja en materia agraria, concedió el amparo al sostener que la autoridad responsable violó las reglas esenciales del procedimiento al no recabar las pruebas relevantes que puedan trascender al sentido del fallo, por lo que concedió el amparo para que el tribunal agrario responsable: I) dejara insubsistente la resolución reclamada; II) repusiera el procedimiento; III) requiriera a la Delegación del Estado de México del Registro Agrario Nacional el “folio íntegro” del expediente de la “lista de sucesión” de la persona fallecida; y IV) dictara una nueva sentencia con libertad de jurisdicción.

Inconforme el recurrente interpuso recurso de revisión en el que alega la incorrecta aplicación de la jurisprudencia 2a./J. 102/2015 de rubro: “SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN MATERIA AGRARIA. NO SÓLO PROCEDE A FAVOR DE EJIDATARIOS Y COMUNEROS EN PARTICULAR, SINO TAMBIÉN DE QUIENES BUSCAN EL RECONOCIMIENTO DE SUS DERECHOS AGRARIOS”.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5953/2021

QUEJOSA: MARÍA DE LOS ÁNGELES CHAMORRO HERNÁNDEZ

RECURRENTE: GASPAR CHAMORRO GUADARRAMA

PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK

COTEJÓ

SECRETARIO: ALFREDO URUCHURTU SOBERÓN

SECRETARIA AUXILIAR: ADDA ROSA HOYOS BRITO

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintisiete de abril de dos mil veintidós, emite la siguiente: