AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 84/2022.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 84/2022.

Fecha: 21-Sep-2022

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 84/2022.

Quejosa y RECURRENTE: UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF

COTEJÓ

SECRETARIA: GABRIELA ZAMBRANO MORALES

SECRETARIA AUXILIAR: LIZBETH BERENICE MONTEALEGRE RAMÍREZ

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: Un trabajador demandó de la Universidad Nacional Autónoma de México la reinstalación en el puesto de Investigador Ordinario de Carrera Asociado “C” de tiempo completo, y otras prestaciones, derivado del despido injustificado alegado.

Seguidos los trámites de ley, la junta responsable dictó laudo en el sentido de condenar a la parte demandada a reinstalar al trabajador, ya que fue separado injustificadamente al haber dado por concluida la relación de trabajo previo a la resolución del recurso de inconformidad interpuesto ante la Comisión Mixta de Vigilancia del Personal Académico de la Universidad Nacional Autónoma de México.

En contra de la anterior determinación, la Universidad Nacional Autónoma de México promovió juicio de amparo en cuyos conceptos de violación argumentó, entre otras cosas, la inaplicabilidad de la cláusula 14 del Contrato Colectivo de Trabajo del Personal Académico, en tanto que el recurso de inconformidad sólo procede respecto a la correcta aplicación de los procedimientos académicos, siempre y cuando dichos asuntos no hayan sido objeto de una resolución.

Por su parte, el órgano colegiado interpretó que era correcta la determinación de la autoridad responsable en el sentido de que del material probatorio no se advertía que el recurso de inconformidad interpuesto ante la Comisión Mixta de Vigilancia del Personal Académico hubiera sido resuelto, por lo que la parte empleadora no debió separar al trabajador, de ahí que se actualizara su despido injustificado.

Inconforme con la sentencia, la Universidad interpuso recurso de revisión.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 84/2022.

Quejosa y RECURRENTE: UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF

COTEJÓ

SECRETARIA: GABRIELA ZAMBRANO MORALES

SECRETARIA AUXILIAR: LIZBETH BERENICE MONTEALEGRE RAMÍREZ

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintiuno de septiembre de dos mil veintidós, emite la siguiente: