AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1446/2023.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1446/2023.

Fecha: 11-Oct-2023

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1446/2023.

QUEJOSA Y RECURRENTE: MARÍA VELIA PALACIO ÁLVAREZ.

PONENTE: MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN.

COTEJÓ

SECRETARIA DE ESTUDIO Y CUENTA: IRMA GÓMEZ RODRÍGUEZ.

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: Una jubilada de la Policía Preventiva de la Ciudad de México demandó la nulidad del dictamen emitido por el Gerente General de la Caja de Previsión de la Policía Preventiva de la Ciudad de México, por el cual determinó otorgarle por treinta años, tres meses y ocho días de servicio, una pensión mensual por $20,419.34 (veinte mil cuatrocientos diecinueve pesos 34/100 m.n.); al considerar que se encontraba indebidamente fundada y motivada, toda vez que no fueron considerados todos los conceptos que percibió durante el último trienio laborado, como lo establece el artículo 15 de la ley de esa institución.

La Segunda Sala Ordinaria Jurisdiccional del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, determinó declarar la nulidad de la resolución impugnada, para que la autoridad demandada dejara sin efectos los actos impugnados y emitiera un nuevo dictamen de pensión en el que precisara con claridad, en términos de los artículos 15 y 16 de la ley de dicha institución, cómo se integró la pensión de la actora. Sentencia que fue confirmada en apelación.

Contra esa determinación, la actora promovió juicio de amparo directo del que conoció el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, registrándolo con el número 744/2022, y resolvió negar el amparo y protección de la Justicia Federal. En contra de esa sentencia, la quejosa interpuso el presente recurso de revisión.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1446/2023.

QUEJOSA Y RECURRENTE: MARÍA VELIA PALACIO ÁLVAREZ.

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN.

COTEJÓ

SECRETARIA DE ESTUDIO Y CUENTA: IRMA GÓMEZ RODRÍGUEZ.

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al once de octubre de dos mil veintitrés , emite la siguiente: