AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1776/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1776/2023

Fecha: 04-Oct-2023

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1776/2023

QUEJOSA Y RECURRENTE: **********

RECURRENTE ADHESIVO: SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF

Cotejó:

SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS

SECRETARIO AUXILIAR: ULISES VILLA VÁZQUEZ

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: La recurrente es una persona física que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes y con fecha seis de enero de dos mil veintidós, presentó solicitud de devolución de impuesto sobre la renta, respecto del ejercicio fiscal dos mil diecinueve, por la cantidad de $**********, la cual quedó registrada con el número de control **********.

Mediante oficio 500-18-00-01-01-2022-0890, de once de marzo de dos mil veintidós, la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Colima “1”, con sede en Colima, de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, resolvió autorizar parcialmente la solicitud de devolución de saldo a favor en cantidad de $**********.

En contra de la resolución mencionada en el párrafo anterior, la recurrente promovió juicio de nulidad, mismo que quedó radicado con el número de expediente 2965/22-07-01-4 del índice de la Primera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, quien con fecha de doce de agosto de dos mil veintidós, emitió la sentencia definitiva en la cual declaró la nulidad de la resolución impugnada para el efecto de que la autoridad fiscal fundara y motivara correctamente su determinación, pero considerando que para determinar el monto de ingresos por jubilación exentos resulta aplicable la unidad de medida y actualización y no el salario mínimo.

Inconforme con la anterior resolución, la ahora recurrente promovió juicio de amparo directo, mismo que por turno correspondió conocer al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito y quedó registrado con el número 360/2022, mismo que en sesión de nueve de febrero de dos mil veintitrés negó el amparo.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1776/2023

QUEJOSA Y RECURRENTE: **********

RECURRENTE ADHESIVO: SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF

COTEJÓ

SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS

SECRETARIO AUXILIAR: ULISES VILLA VÁZQUEZ

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al cuatro de octubre de dos mil veintitrés, emite la siguiente: