Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1827/2023
QUEJOSOS Y RECURRENTES: SINDICATO NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACIÓN DEL ACERO, METALÚRGICA, SIDERÚRGICA Y METAL MECÁNICA Y OTROS
PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK
COTEJÓ
SECRETARIO: JOSÉ FRANCISCO REYNA OCHOA
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos:
Un grupo de personas trabajadoras, por propio derecho y en representación de un sindicato demandaron a una empresa el otorgamiento de un lugar apropiado dentro de las instalaciones de ésta para atender los asuntos relacionados con sus agremiados, de conformidad con el artículo 123, fracción XVI constitucional y los Convenios 87, 98 y 135 de la Organización Internacional del Trabajo, entre otras prestaciones. Estas últimas desechadas desde el auto de admisión emitido durante el juicio de origen.
La parte demandada negó el derecho para otorgar un lugar apropiado dentro de las instalaciones de la empresa.
El Juez de Distrito del conocimiento emitió sentencia, en el sentido de absolver de la prestación reclamada, en virtud de que la parte actora no acreditó el derecho para tener el espacio dentro de las instalaciones de la empresa.
La parte actora planteó en amparo directo conceptos de violación en los que hizo valer violaciones procesales, tales como el desechamiento de pruebas o la no admisión de prestaciones y hechos señalados desde el escrito inicial de demanda. Asimismo, indicó que tenía derecho al otorgamiento de un espacio dentro de las instalaciones de la demandada y controvirtió el criterio de representatividad emitido en el amparo directo en revisión 959/2020.
Por su parte, el tribunal colegiado determinó que resultaban inoperantes sus argumentos y, en consecuencia, negó el amparo solicitado.
En contra de esa resolución, la parte quejosa interpuso recurso de revisión.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1827/2023
QUEJOSOS Y RECURRENTES: SINDICATO NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACIÓN DEL ACERO, METALÚRGICA, SIDERÚRGICA Y METAL MECÁNICA Y OTROS
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK
COTEJÓ
SECRETARIO: JOSÉ FRANCISCO REYNA OCHOA
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al cuatro de octubre de dos mil veintitrés, emite la siguiente:
