R E S U E L V E :
PRIMERO. Se desecha el recurso de revisión que a este toca 966/2023 se refiere.
SEGUNDO. Queda firme la resolución recurrida.
Notifíquese como en derecho corresponda; devuélvanse los autos al lugar de su origen; y, en su oportunidad archívese este asunto como concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de la señora y señores Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcántara Carrancá (Ponente), Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y del señor Ministro Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien está con el sentido, pero se separa del párrafo cincuenta y uno.
