AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1137/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1137/2023

Fecha: 06-Sep-2023

Encabezado

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1137/2023

QUEJOSA: EMPRESA ATZESSOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

RECURRENTE: SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (TERCERO INTERESADO)

PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF

COTEJÓ

SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS

SECRETARIO AUXILIAR: JOHAN MARTÍN ESCALANTE ESCALANTE

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: Empresa Atzessor, Sociedad Anónima de Capital Variable, promovió juicio de amparo directo en contra de la sentencia de la Sala Especializada en Juicios en Línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sus conceptos de violación planteó que la ficha de trámite 82/CFF “Aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo” , contenida en el Anexo 1-A, conforme a la regla 2.5.16., fracción XIV, de la Resolución Miscelánea Fiscal para dos mil veinte, es inconstitucional.

El Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito al resolver el juicio de amparo directo consideró que los requisitos contenidos en la disposición controvertida violan los principios de reserva de ley y subordinación jerárquica.

El Secretario de Hacienda y Crédito Público, tercero interesado en el juicio de amparo, interpuso recurso de revisión en contra de la sentencia referida, por considerar que la disposición no viola los citados principios.

En el proyecto se propone desechar por improcedente el recurso de revisión, ya que carece de interés excepcional.

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1137/2023

QUEJOSA: EMPRESA ATZESSOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

RECURRENTE: SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (TERCERO INTERESADO)

VISTO BUENO

SRA. MINISTRA

PONENTE: MINISTRA LORETTA ORTIZ AHLF

COTEJÓ

SECRETARIO: JOEL ISAAC RANGEL AGÜEROS

SECRETARIO AUXILIAR: JOHAN MARTÍN ESCALANTE ESCALANTE

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al seis de septiembre de dos mil veintitrés, emite la siguiente: