Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1187/2023
QUEJOSA Y RECURRENTE: MARÍA DEL CARMEN HERNÁNDEZ GARCÍA
PONENTE: MINISTRA YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
COTEJÓ
SECRETARIA: ILLIANA CAMARILLO GONZÁLEZ
Colaboró: Martín Carlos Ruiz García
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: Una trabajadora reclamó de diversas instituciones de salud del Estado de Guerrero, el pago de la indemnización constitucional; salarios vencidos, así como de diversas prestaciones laborales, con motivo de la rescisión laboral que, por su propia voluntad, ejerció ante la falta de pago y reducción de su salario.
El Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guerrero, determinó, por un lado, absolver a las codemandadas del pago de la indemnización constitucional, salarios caídos y demás prestaciones relacionadas con la recisión aducida y, por otro, las condenó al pago de diversas prestaciones devengadas que no habían sido cubiertas.
Contra esa determinación, la trabajadora promovió juicio de amparo directo del que conoció el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito -expediente 257/2022-, y lo resolvió en el sentido de negar el amparo. Inconforme con esa sentencia la parte quejosa interpuso el presente recurso de revisión.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1187/2023
QUEJOSA Y RECURRENTE: MARÍA DEL CARMEN HERNÁNDEZ GARCÍA
VISTO BUENO
SR. MINISTRA
PONENTE: MINISTRA YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
COTEJÓ
SECRETARIA: ILLIANA CAMARILLO GONZÁLEZ
Colaboró: Martín Carlos Ruiz García
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al seis de septiembre dos mil veintitrés emite la siguiente:
