Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1913/2023
PARTE QUEJOSA Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
SECRETARIO: HORACIO VITE TORRES
SECRETARIA AUXILIAR: ARIADNA MOLINA AMBRIZ
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: Al recurrente se le inició un proceso penal por la comisión del delito de violación, previsto y sancionado por el artículo 152 del Código Penal para el Estado de Morelos. Seguido el proceso en sus cauces legales, el Tribunal de Enjuiciamiento resolvió condenarlo a veinte años de prisión, así como al pago de la reparación del daño material y moral provocado sobre la víctima. Inconforme, el sentenciado interpuso recurso de apelación, mismo que se resolvió en el sentido de confirmar la condena. Inconforme, el sentenciado promovió juicio de amparo directo. El Tribunal Colegiado de Circuito del conocimiento resolvió negar el amparo solicitado. El quejoso interpuso el recurso de revisión que es objeto de estudio en la presente ejecutoria.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1913/2023
PARTE QUEJOSA Y RECURRENTE: **********
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
COTEJÓ
SECRETARIO: HORACIO VITE TORRES
SECRETARIA AUXILIAR: ARIADNA MOLINA AMBRIZ
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés, emite la siguiente:
