Encabezado
amPARO directo EN REVISIÓN 5204/2023
quejosA y RECURRENTE: CLAUDIA LUZ OCHOA RODRÍGUEZ
RECURRENTE ADHESIVO: INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA
PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK
COTEJÓ:
SECRETARIO: OCTAVIO JOEL FLORES DÍAZ
65510166356
ÍNDICE TEMÁTICO
HECHOS:
Juicio laboral . Claudia Luz Ochoa Rodríguez, el 26 de abril de 2001, inició labores como auxiliar técnico en el Instituto Estatal Electoral de Baja California. El 2 de febrero de 2018, fue despedida, demandando las prestaciones siguientes.
- La reinstalación en el puesto de trabajo como Auxiliar Especializado, adscrita a la Coordinación de Comunicación Social.
- El pago de vacaciones correspondiente a 2017.
- El pago de salarios caídos y aguinaldo, contados a partir de la separación del cargo y hasta que concluya totalmente el juicio.
Laudo . El Tribunal de Arbitraje radicó el expediente con el número 102/2018, lo admitió a trámite, seguidas las etapas procesales emitió laudo.
Primer juicio de amparo . El Instituto Estatal Electoral de Baja California, promovió demanda de amparo directo, siendo del conocimiento del Primer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, registrándola con el número 106/2021 y reconociendo a Claudia Luz Ochoa Rodríguez el carácter de tercero interesada, quien a la postre promovió amparo adhesivo, dictó sentencia el 3 de febrero de 2022.
Segundo laudo. En cumplimiento a esa ejecutoria de amparo, la responsable el 25 de marzo de 2022 emitió nuevo laudo.
Segundo juicio de amparo . Inconforme la actora, en contra de ese fallo promovió juicio de amparo directo que se registró con el número AD 130/2022.
Amparo adhesivo . Por su parte, el Instituto Estatal Electoral de Baja California promovió amparo adhesivo.
Sentencia . Seguido el trámite respectivo, el tribunal colegiado, el 16 de junio de 2023, emitió sentencia en la que consideró infundados los planteamientos de constitucionalidad.
Recurso de revisión. La quejosa interpuso recurso de revisión. El Presidente del Tribunal Colegiado respectivo ordenó el envío de los autos a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación para que resuelva lo que en derecho proceda.
Revisión adhesiva . Posteriormente, el Instituto Estatal Electoral de Baja California interpuso revisión adhesiva.
Desechamiento . El Presidente de la Segunda Sala desechó por extemporáneo la revisión adhesiva.
amPARO directo EN REVISIÓN 5204/2023
quejosA y RECURRENTE: CLAUDIA LUZ OCHOA RODRÍGUEZ
RECURRENTE ADHESIVO: INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE BAJA CALIFORNIA
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK
COTEJÓ
SECRETARIO: OCTAVIO JOEL FLORES DÍAZ
Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sesión correspondiente al treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:
