RESUELVE
PRIMERO. En la materia de la revisión, se REVOCA la sentencia recurrida.
SEGUNDO. Devuélvanse los autos del juicio de amparo directo al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito para que emita una nueva resolución tomando en cuenta lo considerado en esta ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama, Javier Laynez Potisek (ponente) y Presidente Alberto Pérez Dayán, por lo que este criterio resulta vinculante. El Ministro Luis María Aguilar Morales estuvo ausente.
