AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5167/2024.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5167/2024.

Fecha: 30-Oct-2024

VI. DECISIÓN

  1. En conclusión, al haberse declarado infundado el concepto de violación del quejoso recurrente, lo procedente es modificar la sentencia recurrida y negar la tutela federal solicitada.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se resuelve:

PRIMERO . En la materia de la revisión, se modifica la sentencia recurrida.

SEGUNDO . La Justicia de la Unión no ampara ni protege a la parte quejosa contra el laudo reclamado.

Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, devuélvanse los autos a su lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Lenia Batres Guadarrama, Javier Laynez Potisek y Presidente Alberto Pérez Dayán (ponente).