Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4704/2023
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
SECRETARIA: PATRICIA DEL ARENAL URUETA
COLABORÓ: JORGE ENRIQUE TERRÓN GONZÁLEZ
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: Según se tuvo por acreditado en la sentencia recurrida, el once de agosto de dos mil veinte, aproximadamente a la una y treinta horas, la víctima (niña) de iniciales **********, se encontraba en el interior del domicilio de sus abuelos paternos, cuando su abuelo ********** la recostó en una cama, le subió el vestido y metió su mano por debajo de su calzón para acariciarle la vagina por aproximadamente tres minutos, mientras le decía que “estaba bien buena”.
Por estos hechos, ********** fue sentenciado a ocho años diez meses y quince días de prisión, entre otras sanciones. En apelación la sentencia condenatoria fue modificada en relación con la fecha a partir de la cual se debían descontar los días que el señor ********** permaneció en prisión preventiva. Inconforme, el señor ********** promovió juicio de amparo directo. El tribunal colegiado negó el amparo y protección solicitados. En contra de esta determinación el quejoso interpuso el presente recurso de revisión.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4704/2023
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
VISTO BUENO
SR. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
COTEJÓ
SECRETARIA: PATRICIA DEL ARENAL URUETA
COLABORÓ: JORGE ENRIQUE TERRÓN GONZÁLEZ
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al veintiuno de febrero de dos mil veinticuatro , emite la siguiente:
